Alcaldía reglamenta circulación de motos en Popayán.

motos en popayan

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-Se prohíbe circulación de los vehículos con parrillero de lunes a sábado, durante las 24 horas del día en el sector comprendido entre la
Carrera 3 hasta la Carrera 10, la Calle 3 hasta la Calle 9

Mediante Decreto 20161500007015, la Alcaldía de Popayán a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte, reglamentó la circulación de motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos en determinadas zonas de la ciudad de Popayán.

El Decreto, prohíbe la circulación de los vehículos con parrillero de lunes a sábado, durante las 24 horas del día en el sector comprendido entre la Carrera 3 hasta la Carrera 10, la Calle 3 hasta la Calle 9 de la ciudad.

Así mismo, se prohíbe la circulación y parqueo de motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos, de lunes a sábado en toda la ciudad de Popayán, entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente.

“El desacato a lo dispuesto (…), se sancionará de conformidad con los establecido en el Artículo 131 literal C, Numeral 14 (Cód. C14 y/o Cód 02) del Código Nacional de Tránsito (…)”, precisa el Decreto.

Entre las excepciones a las restricciones y prohibiciones del presente Decreto se encuentran, las personas que en el ejercicio de sus funciones y/o cumplimiento de sus obligaciones laborales y contractuales desarrollen de su actividad, utilicen una motocicleta, moto triciclo, motocarro o cuatrimoto.

“Las personas señaladas anteriormente, deberán portar al momento de conducir el vehículo, la respectiva identificación de la Empresa donde laboran, además uniforme, chaleco reflectivo y carne y/o constancia de la entidad, que acredita como empleado si es el caso”.