Hoy lunes entra en vigencia el nuevo Código de Policía.

Hoy lunes entra en vigencia el nuevo Código de Policía.

Vecinos ruidosos, transeúntes que usen las calles como baño y colados de Transmilenio están entre las personas que deberán pagar elevadas multas.
Desde este lunes 30 de enero entrará en vigencia el nuevo Código de Policía, que contempla elevadas multas para aquellas personas que afecten la buena convivencia.

Hoy lunes entra en vigencia el nuevo Código de Policía.

El nuevo Código contiene 243 normas, que quedaron estipuladas en cuatro tipos de sanciones económicas para los infractores de las mismas.

Cabe señalar que las sanciones van hasta 32 salarios mínimos y varían dependiendo de su gravedad.

El coronel Pablo Criollo, oficial a cargo de la estructuración del nuevo Código de Policía, manifestó que para asegurar que los ciudadanos sí paguen las multas impuestas, estas aparecerán como antecedentes.

Criollo manifestó que, al aparecer el registro de estas multas en los antecedentes, podrían afectar a los infractores a la hora de conseguir un empleo, inscribirse en la Cámara de Comercio o solicitar un préstamo.

Sabe qué hacer si lo multan con el nuevo Código de Policía y no está de acuerdo. Aquí se lo contamos.

Desde el 30 de enero comienza a regir el Nuevo Código de Policía que establece normas que buscan mejorar la convivencia ciudadana.
Ante esto, las autoridades plantearon varias opciones para que los colombianos tengan en cuenta para que la sanción interpuesta sea absuelta, si no está de acuerdo con ella.

Una vez impuesto el comparendo, el ciudadano tiene las siguientes alternativas.

1. Si la persona acepta la comisión del comportamiento contrario a la convivencia, sin necesidad de otra actuación administrativa, podrá:- A cambio del pago de la multa general tipo 1 y 2, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’, participar voluntariamente en el programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia y solicitar a la autoridad de Policía que se conmute la multa.

– Cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa general en cualquiera de los cuatro tipos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la orden de comparendo nacional y medidas correctivas, este constituye descuento por pronto pago.

2. Si la persona no está de acuerdo con la aplicación de la multa señalada en la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ o con el cumplimiento de la medida de participación en el programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, deberá: Manifestar de inmediato ante el uniformado de la Policía su deseo de hacer uso del recurso de apelación en contra de la orden de policía o la medida correctiva, el cual se concederá en el efecto devolutivo y se remitirá al Inspector de Policía dentro de las 24 horas siguientes a la imposición de la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ y se resolverá dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo de la actuación.

– Frente a la orden de comparendo deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes ante la autoridad competente, donde se decretarán o practicarán las pruebas que solicite o las de oficio que se consideren pertinentes, encaminadas a absolver al inculpado o declararlo responsable del comportamiento contrario a la convivencia.

Artículos aprobados en el nuevo Código de Policía
Entre lo avalado del Código que se aplicaría como tal, después de tres días de la implementación pedagógica, se plantean normas que tocan todo tipo de aspectos cotidianos. Estos son los principales:
1. Multas para quienes quemen pólvora
Se aprobaron prohibiciones como el uso de gas pimienta, la pólvora; multas para quienes protagonicen riñas en la calle; actos circenses en las calles.
2. La Policía podrá entrar a casas y centros educativos
Se dieron autorizaciones para que uniformados de la Policía Nacional puedan registrar personas, bienes, así como ingresar a las instituciones educativas cuando se produzcan conductas que afecten la convivencia en seis casos.. 1) cuando no exista fiabilidad sobre la identidad de la persona; 2) para establecer si porta armas o elementos que ponen en riesgo la convivencia; 3) si hay posibilidad de que la persona haya robado; 4) si la personas posee drogas o sustancias prohibidas; 5) si hay que prevenir alguna conducta contraria a la convivencia; y 6), si se debe garantizar la seguridad de los asistentes a un evento, o si se requiere la identidad de una persona que quiere ingresar a un lugar.
3. Controlada la protesta social
Se establecieron entre otras cosas, obligaciones como la de avisar cuándo se va a hacer una protesta social y que las autoridades la disuelvan cuando lo crean pertinente.
4. Prohibido hacer grafitis
Entre lo aprobado también figura la prohibición de hacer grafitis, pero con la aclaración de que recibirán multas y tendrán que reparar los daños, pero no se podrá ejercer el uso de la fuerza por parte de la Policía ni la incautación de los instrumentos que se utilicen, solo por el hecho de hacer el grafiti.
5. No más vendedores ambulantes
Se prohíbe la ocupación del espacio público; por ello se estableció un parágrafo en el que se obliga a las autoridades a crear durante los seis meses después de la aprobación de la ley, medidas que garanticen el trabajo de estas personas.
6. Habitantes de calle en centros de refugio
También se aprobó la creación de Centros de Refugio Temporal para habitantes de calle que se encuentren en un estado alterado de conciencia.
7. Toques de queda para niños
Otro de los artículos fue el que le otorga facultades a los alcaldes para establecer toques de queda a los niños, niñas y adolescentes, incluso de Unicef; pero se aprobó con la condición de que el Ministerio Público y el Bienestar Familiar acompañarán la implementación de la medida.
8. Cortarán la luz a los bullosos.
También se establecieron cosas como la posibilidad de cortar el fluido eléctrico para quienes no hagan caso a las autoridades en repetidas ocasiones de no hacer ruido. La multa sería de $184.000 aproximadamente y en caso de persistir el ruido, la autoridad podrá desactivar la fuente de energía temporalmente, si el residente se niega a desactivarlo.
9. Obligatorio tener baño.
Otro es que los establecimientos públicos están en la obligación de tener servicio de baño, especialmente para las mujeres en estado de embarazo, niñas, niños y adultos mayores.
10. Nadie se puede colar en el Metro o el bus
Hay medidas también contra los colados en los sistemas de transporte público masivo. Se aprobó además que en las busetas no podrá haber exceso de ruido. Quien utilice un equipo de sonido a alto volumen que incomode a los pasajeros, la Policía también podrá quitar el equipo, dado que lo pueden hacer porque se estarían incumpliendo las normas de convivencia.
Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.
11. No más vendedores en los buses
Además se sancionará a personas impidiendo la circulación de los pasajeros ofreciendo bienes o servicios “durante la circulación del medio de transporte”. Para quienes evadan el pago de la tarifa, validación o tiquete de medios de trasporte masivos, se les podrá imponer multa tipo 2, que está contemplada en ocho salarios mínimos legales diarios, es decir, alrededor de unos $184.000. También pone multas a quienes impiden el ingreso o salida de mujeres embarazadas, adultos mayores, niños y personas con discapacidad; y a quienes transporten mascotas sin cumplir la reglamentación para hacerlo.
Podrán recibir amonestaciones o multas quienes no respetan las filas, las sillas preferenciales y no cedan el puesto a personas en condición vulnerable, así como quienes agredan, empujen o irrespeten a quienes se transportan en el medio y todas las acciones que pongan en peligro la seguridad operacional de los medios de transporte.
12. Sanciones en las redes sociales
Otra de las sanciones importantes es contra las personas que invadan la intimidad en las redes sociales o se agreda a las personas. Se aplicarán multas a quienes publiquen material fotográfico de otra persona tomado en lugares privados de $325.328.
13. Le puede salir caro si no recoje el excremento de su perro
Otra de las multas importantes es contra las personas que no recojan el excremento de sus mascotas en las vías públicas, o que saquen a sus perros sin collar, lazo ni bozal. Recibirá medidas correctivas quien abandone un animal a su suerte; quien lo prive de aire, la luz, alimento, espacio suficiente y demás condiciones que necesita para vivir. El código establece la creación de un censo de caninos “especialmente peligrosos”, que será manejado por las alcaldías y en el que se tiene que consignar el nombre, la identificación, lugar de ubicación del propietario, descripciones del ejemplar para que sea identificado y el lugar de residencia del perro, y añadir algunos documentos. Y permite que en conjuntos residenciales se prohíba la pertenencia de estos animales.
14. Seguridad privada en eventos públicos
Una de las normas aprobadas ordena a los empresarios u organizadores de espectáculos públicos a contratar seguridad privada para mantener el orden cuando hay aglomeraciones. Tendrá que pagar $91.927 la persona que ingrese, o que intente ingresar, a un niño o menor de edad a un evento en el que la vida o integridad –física y moral – del mismo pueda estar en riesgo.
15. Para frenar el flagelo de los celulares robados
En materia de comercialización de equipos celulares, el nuevo Código establece dicha posibilidad sólo para quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información, lo cual significa que establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados, se les podrá imponer el cierre definitivo del establecimiento. Sobre los celulares el Código establece que recibirán multas, amonestaciones o se harán decomisos a quien no registre su equipo con su IMEI; quien tenga en su poder un celular con reporte de hurto o de pérdida; quien comercialice equipos sin la autorización del Ministerio de las TIC, así como quien permita, acepte o tolere las ventas de esos celulares sin autorización. Y estipula que habrá correctivos para quien solicita o registre mal la información relacionada con las llamadas de los usuarios al reportar el hurto o pérdida de un celular.
16. Tecnología para enfrentar el crimen
Otra de las más importantes es el uso de tecnología como pistolas taser, etc. La Policía podrá usar “medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que estén a su alcance” para mantener la seguridad. Según lo aprobado, “de tratarse de medios de apoyo que puedan afectar físicamente a la persona, deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”.
17. Control a la prostitución
Les permite a la Policía cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas residenciales, suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos; e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la clasificación de las cintas.
Lo aprobado por el momento también contempla el trabajo sexual y establece comportamientos que pueden llegar a significar multas o amonestaciones, tales como no tener todos los requisitos para los establecimientos en los que se ejerce esta labor; ofrecer el servicio fuera de las zonas horarias asignadas por las alcaldías; o hacer exhibiciones en la vía pública. Además, obliga a que las personas que se dedican al trabajo sexual porten el documento de identidad, usen medios de protección y sobre todo colaboren con las autoridades sanitarias que hacen control y prevención de enfermedades de transmisión sexual.
18. Para combatir la minería ilegal
Con esta herramienta, la Policía y las autoridades civiles podrán por ejemplo, combatir con más facilidad la contaminación del medio ambiente producida por la minería ilegal como se está haciendo ahora contra los grupos que explotan ilegalmente los recursos, incinerando la maquinaria y ocupando estos lugares. El Código contempla multas entre $ 92.000 y $ 736.000 a quienes arrojen sustancias contaminantes a los cuerpos de agua o quienes capten de ríos y quebradas sin autorización.
19. Se acabó el cuentico de orinar en la calle
Realizar necesidades fisiológicas en el espacio público tendrá una sanción de 736.000 pesos. Además el implicado tendrá que participar en cursos pedagógicos de convivencia.
20. Restricción de armas de aire
Las personas que porten armas de aire, fogueo, sprays o similares a las armas de fuego serán expulsados de lugares públicos y sus elementos pueden ser decomisados o destruidos si el policía lo considera.
21. Multa por agredir a un policía o hacer bromas en el 123
El Código de Policía contempla sanciones de $735.418 (32 salarios mínimos diarios) para botar basura en la calle, irrespetar o retar a la autoridad policial, incumplir, desobedecer o interrumpir la labor de un policía, resistirse a la aplicación de una medida o norma, agredir de cualquier manera o lanzar objetos o sustancias a un uniformado y utilizar de manera ilegal la línea telefónica de seguridad y emergencia 123.
22. Derechos de la comunidad LGBTI.
Si la persona agrede física o verbalmente a miembros de la comunidad LGBTI o niega, impide, o dificulta el acceso a un centro educativo en razón de su pertenencia a esta comunidad la multa es hasta de $657.000.
23. Peligro al volante
Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.
Las multas
Las multas generales tipo 1 y 2 son las señaladas para los comportamientos más comunes, como la riña o las agresiones verbales oscilan entre los 4 y los 8 salarios mínimos legales diarios, es decir, entre los $92.000 y los $184.000 aproximadamente, pero hay que destacar que al ciudadano se le brinda la oportunidad de escoger entre el pago de la multa o participar en programa o actividad pedagógica de convivencia.
Las multas generales tipo 3 y 4 son de 16 y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes respectivamente. Mientras las multas especiales tipo uno y dos, para eventos y infracciones urbanísticas dependen de la cantidad de gente en los eventos y en la segunda el estrato de los predios. La multa más cara es de $657.000.
El nuevo Código de Policía se comenzará a aplicar dentro de seis meses y en los próximos días será sancionado por el presidente Juan Manuel Santos.

Mitos del nuevo Código de Policía:

Por redes sociales han corrido rumores de que la Policía sancionará ciertas conductas, sin embargo, no todas son ciertas.
El próximo 30 de enero entrará en vigencia la Ley 1801, que corresponde al nuevo Código Nacional de Policía, pero ¿conocen los ciudadanos la información que contempla esta nueva medida?
En redes sociales han circulado varios mensajes falsos que indican sanciones que dicha ley no incluye. Aquí les contamos los mitos y las mentiras que no debe tener en cuenta:
• Es obligación portar la cédula de ciudadanía o puede generarle multa → FALSO. Es recomendable portarla, pero solo se castiga cuando se obstruye el procedimiento policial.
• El kit de emergencia debe ir en la parte delantera del vehículo → FALSO. Por seguridad debe almacenarse en el baúl.
• Usar audífonos en vía pública o cuando monta bicicleta → FALSO. Aunque no es recomendable, ni la Policía de Transito lo impide.
• Las empresas que pidan prueba de embarazo para el ingreso de mujeres serán multadas → FALSO. Es una norma laboral de cada establecimiento.
• La Policía puede entrar en cualquier momento a una vivienda → FALSO. Podrán ingresar siempre y cuando haya orden judicial o se presente alguna emergencia.
• Lactar en lugares públicos → FALSO. La Policía respeta las acciones naturales de una mujer.
• A vendedores ambulantes se les quitara su mercancía → FALSO. Se reubicarán de acuerdo a las opciones que les brindarán las autoridades locales.
Ante esto, las autoridades pidieron a la ciudadanía conocer esta ley y verificar al interior del Código las restricciones y multas que fueron aprobadas en el Congreso de la República y sancionadas por el presidente.