Prestadores de salud sancionados por condiciones de calidad en transporte asistencial básico en Popayán

Sec Salud Ambulancias 2
Secretario Departamental de Salud en rueda de prensa explicó los pormenores
Sec Salud Ambulancias 2
Secretario Departamental de Salud en rueda de prensa explicó los pormenores

– La Gobernación del Cauca- Secretaría Departamental de Salud, a través del Área Calidad de los Servicios, ha realizado visitas para evaluar las condiciones de calidad en el transporte asistencial básico brindado por los prestadores de salud en la ciudad de Popayán. Entre los resultados, se ha encontrado el incumplimiento con los requisitos mínimos de habilitación en ambulancias para funcionar de manera correcta, afectando de manera directa la calidad de prestación de servicios de salud a los usuarios. Razón por la cual este lunes, 25 de mayo de 2015, el Secretario Departamental de Salud y su equipo de trabajo del área de calidad de los servicios, en rueda de prensa en las instalaciones del ente de salud departamental, informó respecto de este proceso, las sanciones y medidas tomadas.

Las condiciones mínimas de calidad que se deben cumplir en trasporte asistencial básico

El Servicio de Transporte de Pacientes en Ambulancias, debe realizarse bajo condiciones mínimas que garanticen que se ofrece en condiciones tales que se disminuyan los riesgos inherentes a la atención médica y se garantice la SEGURIDAD de la atención durante su traslado hasta un sitio donde se le pueda brindar su atención final. Las condiciones mínimas de calidad que deben tener las ambulancias, se encuentran en la Resolución 2003 de 2014 y en el Decreto 1011 de 2.006. El Servicio de Transporte Especial de Pacientes puede ser de dos tipos: Básico y Medicalizado

El Servicio de Transporte Especial de Pacientes Básico es el traslado de un paciente en un medio de transporte terrestre, marítimo y/o fluvial que debe contar con una dotación básica para dar atención oportuna y adecuada al paciente durante el desplazamiento.

El Servicio de Transporte Especial de Pacientes Medicalizado es el traslado de un paciente en un medio de transporte terrestre, marítimo y/o fluvial o aéreo, que se encuentra críticamente enfermo y que debe contar con una dotación de alto nivel tecnológico para dar atención oportuna y adecuada a pacientes cuya patología amerite el desplazamiento en este tipo de unidades. Para su funcionamiento se requiere que vaya un médico debidamente entrenado para la atención de los pacientes críticos.

Todas las ambulancias deben tener protocolos para la atención de pacientes, es decir, contar con documentos donde estén escritos todos los procesos de atención que se puedan necesitar en cualquier momento y que permitan garantizar que dicha atención es adecuada y oportuna. Las ambulancias que trabajan legalmente, deben tener un “Distintivo” en un lugar visible que corresponde a la garantía que este vehículo está debidamente habilitado para trabajar y trasladar pacientes.

Este distintivo DEBE ser solicitado por cualquier ciudadano que requiere del servicio de Transporte en Ambulancia. En caso que el distintivo no se encuentre disponible, el usuario puede rechazar este servicio por cuanto no se garantiza que el traslado de los pacientes se haga en condiciones de calidad, así:

Requisitos para operar una ambulancia legalmente:

• Estar inscrita en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS de la Secretaría Departamental de Salud del Cauca. Este requisito lo puede verificar cualquier persona por internet.
• Portar el emblema de la Misión Medica
• Portar la licencia de tránsito, el SOAT, Certificado de Revisión tecno mecánica con renovación cada año
• Estar habilitado por la Secretaria Departamental de Salud y portar el distintivo
• Contar con la dotación legal exigida y sistema de comunicaciones de doble vía como celular, radio, Avantel.
• Los conductores deben tener licencia de conducción y tener un curso de primeros auxilios